A través de los datos que nos proporciona la epigrafía conocemos a mujeres griegas helenísticas de carne y hueso, capaces de los más variados negocios jurídicos no permitidos en épocas pasadas, aunque en muchas zonas griegas la presencia del kyrios o tutor fuera un requisito imprescindible en cualquier acto femenino de tal índole. No sólo poseían capacidad para adquirir bienes al gozar de vocación heritaria testamentaria o ser propietarias de la dote que el documento de Nicesáreta manifiesta, sino también para alienarlos mediante donación, manumisión o testamento, como Epitecta de Tera; otras pudieron administrar sus bienes como arrendatarias o prestamistas, función que realizó la beocia Nicáreta.