Desde la aprobación de la Directiva 85/337/CEE, del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, la evaluación de impacto ambiental se está convirtiendo en un instrumento de utilidad indiscutible para la protección global e integradora de los elementos de la naturaleza que forman el ambiente. Su progresiva implantación y aplicación está siendo, sin embargo, una tarea complicada en todos los países de la Unión Europea. España no constituye una excepción, de manera que en estos años están surgiendo controversias relativas a la transposición, tanto de la inicial Directiva 85/337 como de la reforma de ésta por la 97/11, están también siendo aprobadas normas autonómicas de desarrollo y adicionales de protección en la materia, se está produciendo una importante conflictividad judicial en torno de esta normativa, conflictividad de orden constitucional y, sobre todo, ordinaria; en fin, son muchos los aspectos de esta parcela del ordenamiento jurídico cuyo cabal entendimiento es determinante para la correcta aplicación de la evaluación de impacto ambiental, por lo que son precisos instrumentos que, con rigor, faciliten la labor a quienes profesionalmente se enfrentan día a día con la búsqueda del difícil equilibrio entre el desarrollo y la protección del ambiente, al logro, en definitiva, del desarrollo sostenible. Precisamente para la consecución de este empeño se pretende que sea de utilidad este completo estudio sobre la institución de referencia.
I. La evaluación de impacto ambiental, por Tomás Quintana López.— II. El ámbito de aplicación: los proyectos de obras, instalaciones y actividades sometidos a evaluación de impacto ambiental, por Juan Rosa Moreno.— III. La evaluación de impacto ambiental de las obras hidráulicas, por Sebastián Utrera Caro.— IV. El estudio de impacto ambiental, por Santiago González-Varas Ibáñez.— V. El procedimiento de evaluación de impacto ambiental, por M.ª Teresa Carballeira Rivera.— VI. Control y responsabilidades, por Santiago González-Varas Ibáñez.— Apéndice legislativo, Anabelén Casares Marcos.