No cabe duda de que una de las causas de desigualdad más graves es la que proviene de los diversos fenómenos de violencia que sufren las mujeres por el hecho de serlo. Ello obliga a los Estados al diseño de políticas públicas eficaces tanto para la prevención, la protección y, desde luego, la investigación y, en su caso, el castigo de los responsables. En este contexto, la perspectiva de género adquiere un excepcional valor. Como instrumento de interpretación orientada de las normas penales, para el abordaje serio, imparcial y eficaz de la investigación de los delitos de los que las mujeres son víctimas y para la adecuada valoración de las informaciones probatorias. En especial, neutralizando sesgos y estereotipos de marcada raigambre patriarcal y machista. Ahora bien, la perspectiva de género ni puede justificar tendencias punitivistas que cuestionen los fundamentos constitucionales del poder de castigar del Estado, ni puede, tampoco, servir como coartada para justificar la reducción de las garantías en el proceso penal. Muy en especial, la de la presunción de inocencia. Este libro gira sobre la necesidad inaplazable de incorporar la perspectiva de género en el sistema penal, como instrumento metodológico, advirtiendo, también, de los riesgos de regresión en valores que puede suponer su indebida utilización.