El seguro de renta vitalicia es un producto que ofrecen las entidades financieras y aseguradoras que es contratado en particular por personas de edad avanzada como forma de ahorro, atraídas por sus beneficios fiscales y su rentabilidad. Pero, por su estructura negocial, el seguro de renta vitalicia funciona también como instrumento de transmisión de riqueza por vía no sucesoria. La presente monografía analiza los problemas hereditarios que derivan de la contratación de un seguro de renta vitalicia. En primer lugar, los que resultan de la designación del beneficiario que recibe el capital asegurado al fallecimiento del tomador, agravados con frecuencia por el uso de formularios rígidos y la ausencia de un asesoramiento jurídico. A continuación, los que afectan al cálculo de la legítima, en la medida en que por medio del seguro de renta vitalicia disminuye el patrimonio relicto, el beneficiario lo es en virtud de un contrato y el hecho de que no tienen por qué coincidir beneficiarios y legitimarios. Por último, se abordan las relaciones entre el seguro y la colación y entre el seguro y la sucesión paccionada. Todo ello con la debida atención a los numerosos pronunciamientos judiciales que, mayoritariamente, optan por soluciones poco matizadas de computar o no computar las primas aportadas o el capital asegurado sin tomar en consideración las peculiaridades del seguro de renta vitalicia.