La Ley 57/1968, de 27 de julio, que regula la percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, exige el cumplimiento de determinados requisitos para que los promotores puedan exigir dinero a los compradores antes o durante la construcción de las viviendas. En primer lugar, la Ley exige que se garantice la devolución de las cantidades anticipadas más sus intereses legales mediante un seguro o un aval bancario solidario para el caso de que la construcción no se inicie o no se entregue la vivienda con la correspondiente cédula de habitabilidad o licencia de ocupación dentro del plazo convenido. En segundo lugar, el promotor debe percibir las cantidades anticipadas a través de una entidad de crédito en la que habrán de depositarse en una cuenta especial.
Además, la Ley 57/1968 establece como causas legales de resolución del contrato de compraventa a instancia del comprador, la falta de inicio de las obras en el plazo establecido en el contrato y la falta de entrega de la vivienda con la correspondiente cédula de habitabilidad o licencia de ocupación dentro del plazo contractualmente establecido.
Al estudio de los requisitos exigidos en la Ley 57/1968, así como a las consecuencias de su incumplimiento se dedica este libro, en el que, con una vocación eminentemente práctica y con apoyo en la jurisprudencia más relevante sobre cada materia, se trata el ámbito de aplicación de la Ley, la responsabilidad de las entidades de crédito que abren cuentas especiales para el ingreso de las cantidades anticipadas por los compradores, el seguro en garantía de la devolución de las cantidades anticipadas, el momento en el que las garantías pueden ser canceladas, la posibilidad del comprador de suspender los pagos sucesivos o de resolver el contrato de compraventa ante el incumplimiento por el promotor de la obligación de garantizar las cantidades entregadas, las diversas posibilidades jurídicas de actuación que tiene el comprador ante el incumplimiento por el promotor de la entrega de la vivienda dentro del plazo establecido en el contrato, o los requisitos del aval bancario y la póliza de seguro para ser considerados títulos ejecutivos de los previstos en el artículo 517.2.9º LEC.
El libro, por lo tanto, se dirige a todos aquellos operadores jurídicos que tengan que resolver los problemas que genera la compraventa de viviendas con entrega de cantidades anticipadas, facilitando un análisis riguroso de la normativa y de la doctrina jurisprudencial aplicable a los diversos incumplimientos y supuestos conflictivos que se pueden producir en este ámbito.