La acción rescisoria concursal adquiere un relieve extraordinario en la compleja trama de intereses presentes en el procedimiento concursal. Esta acción permite impugnar la arbitraria, injustificada o perjudicial descomposición del patrimonio del deudor efectuada por éste en período legal previo a la declaración de concurso. La complejidad de su régimen jurídico es notable. Ha sido intención prioritaria del autor tratar con rigor los principales problemas que plantea el régimen general de la acción rescisoria concursal en Derecho español; y lo hace precisamente ahora cuando han transcurrido unos años desde la entrada en vigor de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y coincidiendo, además, con una crisis empresarial significativa que ha motivado que los procedimientos de insolvencia estén a la orden del día. La vigencia práctica de la acción es patente: de ahí que el estudio tenga además como soporte, y como novedad obligada en relación a trabajos anteriores, la importante referencia jurisprudencial que contiene al ser ya considerables las resoluciones judiciales que aplican e interpretan el régimen de esta acción. Y esta tarea de análisis es de una utilidad extrema porque el régimen legal todavía genera algunas incertidumbres relevantes.