Desde la Constitución, la Ley Orgánica del Poder Judicial, pasando por la distinta legislación sustantiva y procesal aprobada, hasta el propio Estatuto General de la Abogacía Española -norma mater de la profesión letrada en España-, numerosos y diversos son los textos legales que se ocupan de la constatación y regulación de esta materia en el seno de nuestro ordenamiento jurídico, legislación algunas veces complementaria, otras transversal; ora a través de menciones y puntualizaciones concretas en determinados artículos o disposiciones, bien sean de rango legal, reglamentario o corporativo; ora con motivo de la aprobación de normas específicas cuya redacción se destina en toda su extensión al fin propuesto: la Abogacía española.
Entre esta normativa, nacional e internacional, sobre la que descansa la presente obra, cabe destacar aspectos claves como el acceso a la profesión y formación del abogado, la deontología profesional y el procedimiento disciplinario, el sistema de asistencia jurídica gratuita, la regulación de los Colegios de Abogados y, en general, la de los centros penitenciarios, la relación laboral de carácter especial de los abogados y las sociedades profesionales, así como otras competencias específicas en ámbitos tan dispares como el arbitral, concursal, menores, violencia de género, blanqueo de capitales, la designación de Letrados Asesores en las sociedades mercantiles y la propia Abogacía del Estado.
Todo ello teniendo presente las últimas modificaciones operadas con motivo de la aprobación de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial -que ha modificado, entre otras, la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, la Ley de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, así como la Ley Concursal-, o la conocida como Ley Ómnibus -Ley 25/2009, de 22 de diciembre, que reforma, entre otras, la Ley de Colegios Profesionales y la Ley de Sociedades Profesionales-.
La jurisprudencia, por su parte, se ha mostrado muy prolífica en la interpretación de esta amplia legislación, ya sea respecto de su encaje constitucional, como en lo referente a la solución de los variopintos recursos interpuestos en torno al ejercicio de la abogacía y su funcionamiento: unas veces, bajo la clarificación y fijación de conceptos; otras, a través del necesario desarrollo de la doctrina jurisprudencial vertida sobre el tema; o, incluso, determinando la derogación de ciertos preceptos a la luz de su falta de adecuación a derecho.