La LO 5/2010, de 22 de junio, ha llevado a cabo en el Código Penal vigente alguna de las reformas estructurales más importantes desde que se adecuara el Código Penal a las exigencias constitucionales con la Ley Orgánica 8/1983, de 25 de junio. Se trata principalmente, nada más y nada menos, que de romper con alguno de los tabúes de la legislación penal: el dogma de que las personas jurídicas no delinquen. Esto va a suponer no solamente una mera extensión a las personas jurídicas de determinados tipos penales, sino que también -pues un cambio de estas dimensiones no puede esperarse que contraiga sus efectos únicamente a las figura que regula-, y a la larga, una modificación importante en todo el planteamiento penal.
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Junto a la mencionada incorporación deben mencionarse otras modificaciones asimismo transcendentales en el panorama penal, como la de la libertad vigilada, mayores alternativas a la pena de prisión, una alteración sustancial del régimen del comiso, una nueva regulación de la prescripción para tratar de acabar con polémicas seculares y aportar mayor seguridad jurídica, la incorporación de nuevas figuras como el tráfico de órganos, la trata de personas, el mobbing, la corrupción entre particulares o en el deporte; se han perfilado mejor algunas figuras como las de la estafa o los delitos informáticos; se ha realizado una incorporación masiva del Derecho de la Unión Europea, etc. etc.
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Para abordar la tarea de realizar un comentario de urgencia, pero también profundo y con una clara inclinación práctica, se han reunido más de cincuenta de los mejores penalistas y procesalistas españoles para poner a disposición de los profesionales del Derecho una obra en la que con un texto sencillo, pero bien abrigado por las mejores consideraciones jurisprudenciales y doctrinales, desentrañar el significado de los cambios y de las nuevas figuras delictivas.
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