El presente trabajo se acomoda a las fases o etapas en las que se estructura la comunicación, reconocimiento, clasificación e impugnación de créditos en el concurso de acreedores. Tal tarea se acomete siguiendo el orden establecido en la Ley;¿esto es, se inicia con el análisis del artículo 85 LC y finaliza con el estudio del artículo 96 LC.\
La finalidad del trabajo es eminentemente práctica, se analizan cada uno de los artículos con un breve comentario y referencia (reseña y cita) de aquellas resoluciones judiciales que le afectan. Son objeto de especial detenimiento aquellas cuestiones más complejas o controvertidas (el reconocimiento automático de determinados créditos, el contenido e impugnación de la lista de acreedores, etc); así como aquellas que suelen ser más habituales (letra de cambio, operaciones de descuento, leasíng, etc).\
El trabajo se ha rea izado con arreglo a la reforma efectuada por el R.D-L 3/2009.\