Responsabilidad y Construcción constituyen un tema habitual en las crónicas de los diarios, siendo frecuentes las noticias que nos informan sobre la muerte de un obrero al caerse de un andamio, o al derribarse un muro, acontecimientos normalmente precedidos por el previo incumplimiento de las medidas sobre prevención de riesgos laborales. Y pese a la existencia de una abundante red legislativa en los ámbitos laboral, civil y penal, el incremento del número de accidentes en el sector de la construcción condujo al legislador, ya desde la década de los ochenta, a acometer sucesivas reformas en los referidos órdenes, sin haber logrado paliar tal situación, lo que ha llevado -incluso- a cuestionar la eficacia del Ordenamiento jurídico. Al margen de las interesantes cuestiones dogmáticas que aquel binomio suscita en el plano teórico, es precisamente en la praxis forense, donde se van a plantear las preguntas más controvertidas, pues ante el drama humano de los accidentes en la construcción, surge el dilema relativo a las vías y procedimientos a seguir, en orden a exigir responsabilidades en los diversos órdenes jurídicos, a fin de evitar su solapamiento, con la pretensión de ofrecer a la víctima o sus perjudicados la solución más satisfactoria, en su caso.\