Los aspectos dogmáticos fundamentales de los tipos de agresiones sexuales violentas se presentan como una cuestión de gran actualidad, tal y como demuestran las recientes reformas que esta materia ha experimentado. Así, la reforma por LO 3/1989, de 21 de junio, sustituyó la antigua y tradicional rúbrica de "De los delitos contra la honestidad" , por la más amplia de "Delitos contra la libertad sexual", la cual mantuvo el Código Penal de 1995 en su Titulo VIII. La reforma de éste por LO 11/1999, de 30 de abril, significó una transformación en el Derecho penal sexual, no sólo en la propia rúbrica, que ahora\
figura como "Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales", sino también en las tipologías delictivas e, incluso, en la reinterpretación de algunos de sus elementos típicos. Finalmente, la LO 15/2003, de 25 de noviembre modifica y amplía el tipo cualificado de las agresiones sexuales, incluyendo la introducción de miembros corporales, junto a la de objetos. La sucesivas reformas son síntoma del carácter controvertido y polémico del tema de investigación elegido, que plantea cuestiones tanto respecto a la forma en la que el Derecho penal debe intervenir, así como a los límites de su castigo.\